La demora en la aplicación de la jubilación parcial anticipada va a suponer un retraso de más de un año
La Administración se niega a contemplar la propuesta de CCOO de llegar al 75% si se dan las condiciones que marca la normativa de la Seguridad Social, apelando al Real Decreto-Ley 14/2021 de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, limitando, así, la duración del contrato de relevo a un periodo no superior a tres años.
Se plantea por la Administración establecer periodos de espera para ejercer el derecho a la acumulación por periodos de días, semanas o meses de tal modo que, si faltan más de dos años para la jubilación total, habría que esperar seis meses para la acumulación; si es más de un año, serán cuatro meses de espera y si es un año o menos, dos meses.
CCOO exigimos que la Administración manifieste formalmente la fecha en que se comenzará a aplicar esta modalidad de jubilación; ya no tiene excusas para demorarlo por más tiempo y por eso es muy importante que se llegue a un Acuerdo antes de que finalice el año. Leer+