28 de enero de 2025

Sobre la jubilación parcial anticipada en la AGE tras la publicación RDL 11/2024

Firma del acuerdo de jubilación parcial para el personal funcionario el pasado 18 de diciembre

Es necesaria una modificación del acuerdo actual para el personal laboral, y cambios en las normas para hacer efectiva la jubilación anticipada para el personal funcionario

El pasado 24 de diciembre se publicaba en el BOE el RDL 11/2024 por el que se establecían, entre otras cuestiones, la mejora en las condiciones de la jubilación parcial anticipada, pactada entre sindicatos, patronal y gobierno en septiembre. En este sentido se amplia la posibilidad de acogerse a dicha modalidad un año más antes de la edad ordinaria de jubilación y que las y los relevistas tengan que ser contratados de manera indefinida, en situación de desempleo.

El 18 de diciembre, CCOO y UGT firmábamos con el Gobierno la recuperación para el personal funcionario —incluido el perteneciente a Clases Pasivas— y estatutario el derecho a la jubilación parcial, en cumplimiento con lo recogido en el Acuerdo Marco por una Administración del siglo XXI (2022-2024), para el conjunto de las AAPP. Pero este acuerdo, necesita las modificaciones normativas necesarias para hacerlo realidad, y deberá ajustarse al nuevo RDL 11/2024.

Por otra parte, en la AGE, ahora mismo el personal laboral del IV CUAGE tiene reconocido el derecho a la jubilación parcial anticipada, y que en el caso de MITECO y el MAPA -aún con retrasos y sus problemas- se ha puesto en marcha. La aprobación del RDL 11/2024 implica que es necesaria una modificación del acuerdo actual y del procedimiento para adaptarlo a los cambios, por lo que CCOO hemos instado -en la COPA de enero- a la Administración a que proceda a la adaptación normativa para que las instrucciones y los nuevos criterios lleguen a los Ministerios cuanto antes y no suponga una nueva excusa que perjudique el ejercicio de este derecho. Leer+