26 de abril de 2021

Más sobre el encuadramiento del personal laboral del IV Convenio Único

 

CCOO exigimos a la Administración que se comunique a todos los trabajadores y trabajadoras su encuadramientoy se subsanen inmediatamente los errores detectados

CCOO hemos acudido a nuestros servicios jurídicos para aclarar cuál es la forma legal de comunicación y qué consecuencias (a efectos de plazos para reclamaciones) tiene, y la situación es la siguiente:

  • En caso de discrepancia con el encuadramiento, cabe recurso de alzada individual contra la Resolución de la CECIR de 25 de marzo de 2021 correspondiente. Este recurso debe interponerse en el plazo de un mes desde la notificación de dicho encuadramiento con el documento L21R. [Desde esta sección sindical recomendamos presentar copia del recurso a la unidad de recursos humanos de los ministerios, organismos y agencias].
  • En el caso de los puestos que no se han encuadrado y que no están incluidos en las Resoluciones del 25 de marzo aún puede presentarse recurso de alzada. Los trabajadores y trabajadoras afectados pueden presentar escrito ante la unidad de personal correspondiente solicitando información sobre su encuadramiento como paso previo para posibles actuaciones posteriores.

Si tienes cualquier duda, puedes ponerte en contacto con nosotras en el mail de esta sección sindical.. Leer+