11 de marzo de 2014

En el MAGRAMA la fórmula de colaboración social es habitual en muchas Confederaciones Hidrográficas


Potočnik, comisario europeo de Medio Ambiente, y Cañete, ministro del ramo, en una reunión con presidentes
de las Confederaciones Hidrográficas en la sede del Júcar en 2012


CCOO celebra que el Tribunal Supremo limite el uso forzoso de personas paradas para trabajos en la Administración; el sindicato ya había denunciado que en muchos ayuntamientos se estaban supliendo trabajos habituales con parados adscritos de manera forzosa bajo la fórmula de colaboración social.

Los trabajos habituales y permanentes de una Administración Pública no pueden tener carácter temporal y, en consecuencia, no pueden cubrirse con la modalidad contractual de colaboración social, de modo que cuando “los servicios prestados se corresponden con las actividades normales y permanentes de la Administración demandada sin que se haya justificado ningún hecho determinante de temporalidad” no encuentran encaje en la figura de colaboración social.

Estas sentencias dan la razón a la postura defendida por la Federación de Servicios a la Ciudadanía (FSC) de CCOO, que venía denunciando que las tareas de colaboración social que realizan las personas desempleadas que cobran prestaciones, consisten en trabajos de la actividad cotidiana de la Administración Pública con los que cubren puestos de las plantillas que deberían tener su contrato laboral.