29 de julio de 2026

Laborales: La aprobación del RD para la aplicación de la jubilación parcial anticipada incluye las medidas exigidas por CCOO

La norma contempla las aportaciones que CCOO hicimos en el trámite parlamentario y recupera la jubilación anticipada, a falta del personal funcionario y estatutario

Hay cuestiones a destacar respecto a la llamada vinculación entre solicitante y relevista y que implican eliminar el requisito de la simultaneidad en la firma de ambos contratos -es indiferente el grupo y la especialidad, y sólo se debe cumplir el criterio de grupo de cotización-: Hasta el 1 de abril del 2027, se tendrá en cuenta como relevistas a puestos ya ocupados a través de las OEP anteriores a 2024 y cuyos contratos fueron firmados a partir del 1 de abril de ese año, sin ningún cambio sobre los mismos.

A partir de esa fecha, los nuevos contratos de relevo se harían con el personal adjudicatario de plaza en el proceso que se está terminando de resolver de la tasa de reposición extraordinaria 2025. Las primeras vinculaciones entre los contratos de relevado-relevista, por tanto, se pueden realizar en las próximas semanas. Leer+