4 de marzo de 2019

Sobre la negociación sobre la distribución de Fondos Adicionales en la AGE




Los Fondos Adicionales lo forman un porcentaje adicional de la masa salarial, tanto del personal laboral como del personal funcionario, y se negocia en cada administración

La negociación para la distribución de los fondos adicionales comprometidos en el II Acuerdo para la mejora del empleo en las Administraciones Públicas se ha ido desarrollando de una forma intensa en la pasada semana, a la espera de poder cerrar un acuerdo en entre hoy y mañana.

El acuerdo, en materia salarial, abarcaba tres años, desde el 2018 al 2020, con las siguientes características:

     Año                                       2018                  2019                2020
     % de la masa salarial             0.20%               0,25%              0,30%
     Fondo a repartir             14.210.000             18.070.000        sin cuantificar

En el año 2020 no es posible cuantificarlos ya que a fecha de hoy no se conoce con exactitud la masa salarial, pero estimamos que estarán en torno a los 22 millones de euros.

La propuesta de CCOO, aceptada en principio por la Administración, ha sido dotarse de una serie de criterios de reparto que sirviera para distribución de los fondos correspondientes a los tres años: Mejoras retributivas que afecten al mayor número de empleadas y empleados públicos, tanto laboral como funcionario, con prioridad a los salarios más bajos e intentar poner en marcha una carrera profesional horizontal.

Partiendo de estos criterios, CCOO planteamos un primer grupo de medidas para el reparto de los fondos adicionales, tanto para el personal laboral como para el personal funcionario:

  • Financiación parcial de los costes derivados de las mejoras incluidas en el nuevo Convenio Único para el Personal Laboral.
  • Aplicar el nivel 17 a los puestos de nivel 15 en las Oficinas de atención al público.
  • Subida de niveles mínimos de Complemento de Destino por grupos.
  • Subida de Complementos Específicos mínimos para cada grupo.
  • Normalización y progresión sobre la base de Complementos específicos.

Una medida esta última, que debería de servir como base para la construcción de la carrera profesional en el propio puesto. Pues bien, la Administración se empeña en no aplicar dicha normalización de complementos específicos y tampoco los efectos de progresión que la misma conlleva, a tres ámbitos concretos: Seguridad Social, Agencia Estatal de la Administración Tributaria e Instituciones Penitenciarias, algo que CCOO no aceptamos y que ha hecho encallar la negociación de estos fondos adicionales. Leer+

NOTA: En el II Acuerdo para la mejora del empleo en las Administraciones Públicas se definen los Fondos adicionales de la siguiente manera:

Cada Administración Pública, en cada uno de los ejercicios presupuestarios a que se refiere el presente acuerdo [2018 a 2020][ ... ]y previa negociación colectiva en el correspondiente ámbito de negociación, podrá destinar un porcentaje adicional de su masa salarial [llamados Fondos Adicionales] para, entre otras medidas, la implantación de planes o proyectos de mejora de la productividad o la eficiencia, la revisión de complementos específicos entre puestos con funciones equiparables, la homologación de complementos de destino, o la aportación a fondos de pensiones.