Es necesario aclarar que al ser la Sala de lo Social la que se ha pronunciado al respecto, la aplicación es únicamente para personal laboral
A falta de ver la sentencia, el Tribunal Supremo (TS) vuelve a la interpretación de hace años respecto a la temporalidad y reconoce la figura de indefinido no fijo para el personal laboral interino que siga en su plaza después de un plazo de 3 años. Hasta ahora, el TS siempre ha añadido que seguirá siendo indefinido no fijo hasta que su plaza fuera cubierta por la convocatoria de una oferta de empleo público (OEP). Igualmente la persona trabajadora tendría derechos indemnizatorios, en principio a razón de 20 días por año trabajado, si se mantiene lo que venían marcando las sentencias. CCOO siempre ha defendido que esa interpretación general nunca debió abandonarse. Leer+