19 de julio de 2018

Publicado en BOE el pago de la subida y atrasos en la AGE para 2018




El personal funcionario recibirá los atrasos hasta julio correspondientes a la subida del 1,75% para 2018 pero el personal laboral deberá esperar a la autorización de la masa salarial y la posterior negociación

Hoy se ha publicado en el BOE la Resolución de Función Pública, por la que se dictan instrucciones sobre el pago de los atrasos correspondientes al incremento salarial del 1,5 % más el 0,25 adicional previstos en la Ley  de los PGE 2018, aprobados en julio por el parlamento ya con el PSOE en el gobierno pero con estos presupuestos heredados de los acuerdos del PP con Cs y PNV, y que nacen del acuerdo firmado por CCOO, UGT y CSIF con el gobierno anterior, que establecía la subida del 1,75% para 2018 con la posibilidad de un incremento adicional del 0,30% para las administraciones con superávit en 2017, algo que no ha ocurrido en la AGE.

La resolución de Función Pública así como la ley de PGE'18 establece que los atrasos -al aprobarse los presupuesto en julio la subida del 1,5% se ha hecho efectiva a partir de la nómina de aquel mes en el extinto MAPAMA- se realizará para el personal funcionario en la primera nómina que sea posible confeccionar inmediatamente después de la publicación de hoy, así que previsiblemente se realizará en la de agosto.

Para el personal laboral el cobro de los atrasos se demora hasta que se autorice la nueva masa salarial y posterior negociación colectiva, para lo que hay que tener en cuenta que se ha recuperado la negociación del IV Convenio Único del personal laboral de la AGE, que esperemos que pueda suponer un avance en varios aspectos, incluido el retributivo (subida lineal y salario mínimo de 1.200 € al mes), y poder alcanzar un acuerdo satisfactorio antes de que acabe el año.

Como establece la resolución, los atrasos se abonarán de oficio al personal funcionario salvo los supuestos siguientes, para los que es necesario que la personal solicite expresamente el abono de dichos atrasos (en la resolución está el modelo para hacerlo; en caso de fallecimiento pueden hacerlo sus herederos):

  • Personal que durante el periodo comprendido entre el 1 de enero y el último día de pago de los atrasos haya cambiado de destino
  • Persona que en ese mismo periodo indicado anteriormente haya pasado a prestar servicios en una Administración Pública distinta
  • Situaciones distintas a las del servicio activo, ya sea por jubilación o cualquier otra causa o que hubiera perdido la condición de empleado público en ese periodo

Las cuantías retributivas para el personal funcionario -tanto las tablas como los atrasos- están disponibles en el portal de la Administración Presupuestaria, en el apartado de costes de personal.

CCOO llevamos años reivindicando la recuperación de los derechos perdidos tras los recortes sufridos en la última década, en el último año lanzamos la necesidad de que hubiese una subida lineal de 250 euros mensuales en la AGE, objetivo al que se sumaron UGT y CSIF en una necesaria unidad de acción, una vez firmado en marzo de 2017 el acuerdo para las administraciones públicas -del que emana la subida del 1,75% para este año- que al menos CCOO lo entendemos como punto de partida, de manera que seguiremos reivindicando en las negociaciones abiertas con el gobierno de Sánchez, la subida lineal y un salario mínimo de 1.200 euros mensuales en el Estado. Leer+

NOTA: En la intranet de los servicios centrales del extinto MAPAMA aparecen algunas aclaraciones sobre la tramitación de la solicitud de abono de atrasos tanto en el MITECO como en el MAPA. En el siguiente enlace está solicitud corregida publicada en el BOE.