7 de abril de 2022

Laborales: Jubilación Parcial, cambios en las instrucciones sobre informe de INSS

 

Tres estudios muestran a la Seguridad Social abocada al colapso

Tal y como se ha informado a CCOO en la Comisión Paritaria, la Seguridad Social se ha puesto en contacto con Función Pública para ver la posibilidad de que se prescinda, en el trámite de solicitud de la jubilación parcial anticipada con contrato de relevo -que introdujo el IV CU para el personal laboral de la AGE y que puede solicitarse desde el 1 de marzo- del informe que las Instrucciones publicadas solicitaba al solicitante, dado que aporta poco y además suponen un mayor colapso del INSS.

En este sentido, Juana Olmeda, secretaria general de FSC-CCOO, junto a Ignacio Galán, secretario general de la Sección Sindical de la Seguridad Social de FSC-CCOO, han presentado hoy una serie de estudios sobre el personal que presta sus servicios en las Entidades Gestoras y Servicios Comunes de la Seguridad Social denunciando la grave falta de personal que supone en la práctica que en muchos CAISS no puede darse cita a las y los ciudadanos.

Parece ser que la semana que viene Función Pública sacará una modificación de las actuales instrucciones de jubilación parcial anticipada para el personal laboral de la AGE, donde se eliminará el requisito de dicho informe. Por otra parte, la mecánica que se sigue ahora mismo con las solicitudes remitidas a RRHH de los ministerios y sus organismos, es remitir las mismas a Función Pública y Costes de Personal para que autoricen las bases y la contratación de la o el trabajador relevista.

Una vez con esas dos autorizaciones, el departamento -y el organismo remitidos los informes por el ministerio- acudirá a los servicios públicos de empleo, autonómicos, para que les remitan propuestas de personal que cumpla con los requisitos de titulación y estén en el paro -salvo que exista bolsa de empleo activa, algo que en MITECO y MAPA aún no ocurre- para proceder a contratar al trabajador o trabajadora relevista. Una vez incorporado ésta o éste al puesto de trabajo, la o el relevado pasará a la situación de jubilado parcial anticipado. Esperemos que estos plazos sean los más breves posible. Leer+